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Reforman ley estatal para que personal médico y de enfermería puedan ejercer la objeción de conciencia

Por mayoría de votos, el Congreso local aprobó reformar el Artículo 48 de la Ley Estatal de Salud para que el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud pueda ejercer la Objeción de Conciencia.

La objeción de conciencia consiste en que el personal médico podrá excusarse de actuar en un caso médico al encontrarse ante una contradicción entre el deber moral y el deber jurídico.

No obstante, la reforma tiene una excepción en el caso de que se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, en cuyos casos no se podrá invocar la Objeción de Conciencia.

Si se incumple lo anterior, se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional.

A favor de la propuesta se manifestó el Diputado del PT Asael Sepúlveda, y en contra lo hicieron las legisladoras de la bancada Independiente Progresista y Movimiento Ciudadano, Claudia Tapia y Mariela Saldívar, respectivamente.