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Sigue Colosio impulsando la igualdad de género, ahora desde la familia

El primer paso rumbo a la corresponsabilidad familiar, lo dimos esta semana en el Congreso del Estado de Nuevo León, al aprobar la primera licencia de paternidad progresiva en el país, propuesta por la Bancada del Movimiento Ciudadano. 

 Dicha iniciativa promueve una paternidad responsable, otorgándole a los hombres trabajadores al servicio del Estado, 8 semanas de licencia de paternidad para que puedan pasar ese tiempo de calidad con sus hijos en sus hogares, siendo así corresponsable en la crianza y cuidados de los mismos.

 Sin embargo, aún faltan más pasos por dar, por ejemplo: a nivel estatal no se cuenta con un Código Civil que se refiera particularmente a la igualdad de los sexos en el cuidado de las hijas o hijos y en las tareas del hogar. 

 Por ello, la Bancada Emecista en voz de su coordinador, el Diputado Luis Donaldo Colosio Riojas,  presentó en la Oficialía de Partes, una iniciativa de reforma a diversos artículos del Código Civil para el Estado de Nuevo León, en materia de igualdad de género en la familia. 

  “Nuestra norma es obsoleta y aunque han habido algunas reformas en ese sentido, sigue contando con vestigios que fomentan la permanencia de roles de género tradicionales en la familia. En pleno siglo XXI, en el que 193 países, incluyendo México, han adoptado una agenda mundial que establece la igualdad de género como uno de sus principales objetivos, se vuelve imperioso, urgente y necesario, contar un Código Civil de vanguardia en materia de igualdad de género en la familia”, expresó Colosio Riojas.

 Agregó, que hacen falta bases para aligerarse la sobrecarga de trabajo y responsabilidades extremas de la mujer en el ámbito familiar y laboral, por lo que se propone reformar el Código Civil en sus artículos 162, 164 y 167, a efecto especificar la corresponsabilidad en las tareas del hogar y cuidado de los hijos que se debe de dar entre los cónyuges de forma igualitaria o a través de un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares, sobre todo, cuando ambos cónyuges aportan económicamente al hogar por medio de ingresos obtenidos de un trabajo remunerado. 

 Adicionalmente, se reforma el artículo 99 a fin de que a ambos cónyuges y no solo a la mujer, se les informe y prevenga, desde que contraen matrimonio, sobre la corresponsabilidad que deberán tener ambos conscientemente de no consumir fármacos, drogas legales e ilegales, tabaco o alcohol, durante el periodo de embarazo y lactancia, ello por razón de que ambos gocen de buena salud física y mental en este periodo y, por ende, den mayores posibilidades de buena salud física y mental a sus hijos.  

 Finalmente, se propone reformar el artículo 165 y el artículo 166, en el cual actualmente se establece que la mujer tendrá siempre derecho preferente sobre los productos de los bienes "del marido" y sobre sus sueldos, salarios o emolumentos, por las cantidades que correspondan para la alimentación de ella y de sus hijas o hijos menores de edad, para que a la luz del principio de igualdad, tanto hombres como mujeres, tengan ese mismo derecho preferente sobre los bienes y sueldos de su cónyuge.