24/Apr/2024
Local

Congreso ha cumplido en tiempo y forma en el caso de ex magistrado

 

 

·         No hay omisión, ni procedimiento sancionatorio al Poder Legislativo.

·         El Juez de Distrito envió a un Tribunal Colegiado la solicitud de Congreso para aclarar los alcances de la sentencia.

 

Monterrey.- El Congreso local ha cumplido en tiempo y forma con las resoluciones judiciales referentes del juicio de amparo promovido por el ex Magistrado Mario Ángel García, por lo que no ha cometido ninguna omisión, ni se ha abierto algún procedimiento sancionatorio.

 El Juzgado Tercero de Distrito sólo ha redireccionado a un Tribunal Colegiado de Circuito el juicio incidental que presentó el propio Poder Legislativo para que se aclaren los efectos y alcances del cumplimiento de la sentencia, que en un principio se solicitó a la Suprema Corte de Justicia de Nación, a través de la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso.

El Poder Legislativo de Nuevo León ha cumplido con la sentencia del juicio de amparo 1044/2017ya que en la resolución previa, a la que se dio cumplimiento, se estableció que se tomara una "decisión valorando en su justa y real dimensión el diverso material probatorio que fue recabado", situación que realizó la Comisión de Justicia y Seguridad Pública y posteriormente el pleno del Congreso.

 Sin embargo, en el oficio mediante el cual el Juez de Distrito hace mención de un “exceso” en el cumplimiento de la sentencia, él mismo señala que este material probatorio debió ser aquel ya contenido en el dictamen de la legislatura anterior, situación que no había sido expresada con anterioridad.

 El Juez también precisa que la aclaración que solicita el Congreso no puede enviarse directamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por eso se remitió al Tribunal Colegiado de Circuito, para que manifieste en este sentido lo que en derecho corresponda.

 En este sentido, el Congreso no ha caído en ninguna omisión, por el contrario, ha cumplido en tiempo y forma, y el incidente se abrió, solamente, para determinar los alcances de la sentencia y que la autoridad correspondiente determine si la sentencia esta cumplimentada o se tiene que reponer alguna otra situación en el procedimiento.