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Alerta Colegio de Abogados de NL por acciones del Congreso

La Barra Mexicana, Colegio de Abogados A.C. Capítulo Nuevo León emitió un posicionamiento sobre el periodo extraordinario que desea tener el Congreso del Estado, ya que no están de acuerdo y no es recomendable dado que ni siquiera justifican el supuesto por el que están convocando.

 Los representantes de este grupo de abogados señalaron el riesgo que representan las iniciativas de reforma presentadas para modificar el artículo 63 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y diversos ordenamientos, con el objetivo de eliminar las facultades del Ejecutivo para designar a los titulares del Instituto de Movilidad y Accesibilidad, Agua y Drenaje de Monterrey, Metrorrey, SIMEPRODE y la Red Estatal de Autopistas de Nuevo León, otorgando dichas facultades a los Diputados del Congreso del Estado de Nuevo León, permitiendo además, que los titulares de los organismos públicos descentralizados permanezcan en su encargo durante 8 años con la posibilidad de reelegirse por un período adicional, siendo el Congreso Local el que aprobaría su reelección.

 “Derivado del artículo antecitado es posible visualizar que no se actualiza ninguno de los supuestos constitucionales obligatorios para que la Diputación Permanente pueda convocar a un periodo extraordinario puesto que: 1. la convocatoria no justifica que las iniciativas de reforma que se analizarán convengan a la salud del Estado, 2. ninguna ley general exige su realización y 3. no fue solicitado por el Ejecutivo ”, dio a conocer la Barra Mexicana, Colegio de Abogados A.C.

 Aunado a lo anterior también es preocupante para los especialistas, el detrimento de facultades que los legisladores desean hacerle al Ejecutivo, puesto que la invasión de sus atribuciones disminuiría la capacidad de control que ejerce sobre los organismos públicos descentralizados que forman parte medular del Poder Ejecutivo Local, además de que si existieran discordancias se podría presentar un esquema de inoperatividad que limitaría el debido funcionamiento del Estado.

 “Es relevante señalar que estas modificaciones legislativas ocasionarían un detrimento en las facultades del Ejecutivo Local establecidas en el artículo 85 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, puesto que actualmente le permiten “Nombrar y remover libremente a los titulares de las dependencias que integran la Administración Centralizada, y de los organismos y entidades que integran el sector paraestatal y demás funcionarios y empleados cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en esta Constitución, la Ley del Servicio Civil o en otras disposiciones aplicables”, señalaron.

   De esta manera el Colegio de Abogados A.C. mostró su inquietud sobre la realización del periodo extraordinario, debido a que existen vicios en el procedimiento que podrían considerarse estructurales de conformidad con la estricta aplicación de la ley, por lo que adelantaron, serán vigilantes del desarrollo de sesiones del Congreso del Estado.