25/Apr/2024
Local

Presenta Álvaro Ibarra iniciativa para considerar misoginia en feminicidios; recibe apoyo de siete bancadas

 

Monterrey.- Con el respaldo de los Diputados que integran las bancadas de Movimiento Ciudadano, MORENA, Verde Ecologista, del Trabajo, Acción Nacional y Encuentro Social, el Diputado priísta Álvaro Ibarra Hinojosa presentó reformas a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal en el Estado para introducir el concepto de misoginia en el marco legal del estado, para considerarla como una conducta de odio hacia las mujeres e incorporar nuevos elementos para determinar un feminicidio.

 Durante la exposición de motivos de la iniciativa, el Diputado priísta Álvaro Ibarra manifestó que, hoy en día, muchas muertes de mujeres son a causa de odio por su género; por ello, es necesario revisar los marcos normativos de protección y fortalecer los aspectos que se encuentren más débiles.

  “A través de esta iniciativa se busca establecer que los homicidios en contra de mujeres por causa de odio derivado de su género o también llamados feminicidios tengan más elementos para poder ser sancionados como corresponde y no con una pena menor como en muchas ocasiones sucede en la práctica”, indicó el Diputado.

  “Se busca establecer en la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia el concepto de misoginia, entendido como las conductas de odio hacia las mujeres y que se manifiestan en actos violentos y crueles contra ellas por el hecho de ser mujeres”, propuso el Legislador.

 En el Código Penal para nuestro Estado, el Diputado Álvaro Ibarra plantea considerar como nuevos elementos para determinar un feminicidio cuando ocurra bajo las siguientes conductas:

“Cuando a la víctima se le hayan infligido heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras o mutilaciones con implicaciones infamantes, degradantes o sexuales, ya sea de manera previa o posterior a la privación de la vida, recordando que actualmente el tipo penal sólo se contemplan actos infamantes, degradantes o mutilaciones, dejando de lado elementos importantes como estos que describo”, manifestó Ibarra

“Cuando existan actos de misoginia, armonizándolo con el concepto que me encuentro planteando también en la Ley de Acceso para las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en razón de que cuando exista cualquier acto violento o cruel en contra de la mujer víctima de homicidio sea considerado feminicidio, con esto busco que ningún acto de este tipo se quede sin su sanción correspondiente, recordemos que por un homicidio la sanción es de 15 a 25 años de prisión y por feminicidio de 40 a 60 años”, puntualizó el integrante de la bancada del PRI.

El diputado Local recordó que Nuevo León, desde 2016, cuenta con alerta por violencia de género en 5 municipios: Monterrey, Guadalupe, Apodaca, Juárez y Cadereyta.

“Se debe considerar feminicidios cuando, además de amenazas, haya manifestaciones personales o por medios electrónicos en contra de la víctima relacionadas con el hecho delictivo”, propuso.

“Asimismo, cuando el cuerpo de la víctima sea arrojado a un lugar público. Recordando que actualmente sólo se contempla cuando sea expuesto o exhibido en un lugar público”, agregó.

Con todas estas propuestas de modificación, Ibarra Hinojosa señaló que se busca fortalecer la descripción del delito de feminicidio, para que la gente que opera la procuración y administración de justicia tenga más y mejores elementos para que ningún feminicidio se quede sin su sanción correspondiente.

La Comisión de Justicia y Seguridad Pública será la encargada de analizar la iniciativa con proyecto de decreto que propone modificaciones a la Ley de Acceso para las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal para el Estado de Nuevo León.