El Pleno de la Sala Monterrey, modificó la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, en la que confirmó el acuerdo ACG-IEEZ-109/VI/2016, a través del cual el Consejo General del Instituto Electoral del mismo Estado realizó la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.
La Magistrada y los Magistrados de la Sala Regional consideraron que, de acuerdo al principio de progresividad de los derechos humanos, se debe ampliar el alcance y la protección de los mismos, privilegiando la paridad no solo en la postulación de candidaturas, sino repercutiendo en la efectiva conformación de los órganos legislativos y municipales.
En diverso asunto, la Sala confirmó la resolución que dictó el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León en el expediente JDC-004/2016 de su índice, al considerar que los derechos de la actora en su calidad de mujer no fueron violentados y que la licencia otorgada a la regidora propietaria no generó una renuncia al cargo para el cual fue electa.
Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 3 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano.