05/May/2024
Nacional

Le va peor a Ferriz de Con que al Bronco ante el TEPJF…no le aceptan nada

 

La Sala Superior del TEPJF confirmó, por unanimidad  el acuerdo del INE,  INE/CG151/2018, en el que se declaró incompetente para resolver sobre la nulidad de  la captación de apoyos solicitada por Pedro Ferriz de Con.

 El Pleno consideró ineficaces los argumentos para acreditar las violaciones aducidas, porque constituyen manifestaciones genéricas e imprecisas que no se encuentran sustentadas en medio de convicción alguno.

 El 18 de marzo pasado, Ferriz de Con impugnó el citado acuerdo en el que solicitaba declarar la nulidad de la etapa de obtención de apoyo ciudadano argumentando que  se había presentado una serie de situaciones de hecho y de derecho que impedían tener certeza jurídica de los apoyos recibidos mediante la aplicación móvil y la validación.

 El  INE se declaró incompetente para resolver su petición, ya que la hipótesis de nulidad de la etapa de la captación de apoyo ciudadano no está prevista expresamente en la normatividad electoral.

 Al resolver el SUP-JDC-140/2018, la Sala Superior calificó de ineficaces los argumentos de Ferriz de Con sobre el deber del INE de asumir la competencia para atender la petición y consideró que, contrario a lo sustentado por el Instituto, al exponer las razones por las cuales declaró su incompetencia legal, no sólo hizo una mera referencia al sistema de nulidades, sino que invocó los artículos constitucionales y legales con base en los cuales sustentó que  era competencia exclusiva de las Salas del TEPJF.

 El TEPJF también declaró ineficaces los motivos de agravio relacionados con la operatividad de la aplicación móvil, porque, para estar en condiciones de verificar si la plataforma tecnológica no funcionó óptimamente y permitió la captura de datos falsos, era necesario que esa circunstancia hubiera sido acreditada.

 Además, indicó que el quejoso no ofreció pruebas de casos concretos que permitieran acreditar que la aplicación móvil permitía el registro de apoyo ciudadano mediante la captación de documentos o datos falsos.

 Concluyó que la solicitud de Ferriz de Con se construyó sobre afirmaciones genéricas e imprecisas que no tienen sustento probatorio por lo que  confirmó  el acuerdo del Consejo General del INE.