19/Apr/2024
Nacional

Pide INAI a la PGR la verdad sobre el caso Colosio por ser “un derecho colectivo”

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), convocó a la Procuraduría General de la República (PGR) a buscar y dar a conocer los informes sobre investigaciones del homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta, generados durante la gestión del procurador Diego Valadés Ríos.

 Al presentar el asunto ante el Pleno que se encuentra en el expediente RRA 4264/18 con Folio de la solicitud 0001700174318, expuso que “como sociedad democrática, contar con la información pública es indispensable para participar con conciencia de causa, para realizar un escrutinio público de la narrativa oficial y para generar una memoria colectiva basada en hechos y razonamientos expresados bajo el valor de la verdad”.

 El comisionado Carlos Bonnin Erales afirmó que saber la verdad es un derecho imprescriptible e irrenunciable no solamente de las víctimas y sus familiares, sino también de la sociedad. Recordó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos definió el derecho a la verdad como un derecho de carácter colectivo que permite a la sociedad acceder a información esencial para el desarrollo de los sistemas democráticos.

 Luego de que la PGR entregó al demandante de información las ligas electrónicas del “Informe de la investigación del homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta”, éste interpuso un recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que la información entregada no correspondía con lo requerido.

 Por su parte, la dependencia del Gobierno respondió al particular que la averiguación previa del homicidio no contiene ningún informe del procurador en funciones en ese momento y esa inexistencia fue confirmada por su Comité de Transparencia.

 La ponencia del comisionado Bonnin Erales advirtió que el sujeto obligado únicamente realizó la búsqueda en el expediente de la averiguación previa del caso y bajo el criterio restrictivo de informes rendidos por el entonces procurador y no así de aquellos informes generados bajo su gestión, que es la pretensión del particular, por lo que no se tiene certeza de que se haya realizado una búsqueda exhaustiva.