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Incrementan penas por incesto involuntario

El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de Nuevo León para incrementar las penas en contra de quien cometa el delito de incesto involuntario.

Con las reformas por modificación al artí­culo 269 se incrementan las sanciones al doble de la que corresponda, cuando el responsable fuera alguno de los parientes consanguí­neos, afines o civiles en lí­nea recta sin lí­mite de grado o en lí­nea colateral hasta el cuarto grado, asimismo, perderá el derecho a ejercer la patria potestad, tutela, curatela y los derechos hereditarios o de alimentos que pudiera tener sobre la persona agredida.

De acuerdo al artí­culo 277, cometen del delito de incesto, los parientes por consanguinidad, afinidad o civil en lí­nea recta sin limitación alguna que con conocimiento de su parentesco tenga cópula entre sí­.

También será incesto el cometido entre hermanos, medios hermanos, así­ como los tí­os y sobrinos hasta tercer grado.

A los responsables de este delito se les impondrá de uno a ocho años de prisión. Cuando la ví­ctima sea menor de edad, se castigará como violación o equiparable a la violación.

El dictamen de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, presentado por la Diputada Patricia Salazar Marroquí­n, señala que la violencia sexual en el contexto de la vida familiar (o incesto involuntario), es un grave problema de desigualdad de género en la familia ya que "la mayorí­a de los tí­os, primos, y abuelos que fueron reportados como agresores tienen una relación de parentesco con la persona agredida por parte de la lí­nea materna".

El diputado Hernán Salinas, promotor de la reforma aprobada por unanimidad del Pleno, señaló que se "busca proteger a las mujeres, a las niñas a los niños que muchas veces son ví­ctimas de delitos sexuales por parte de sus propios parientes".

"En el Congreso vamos a emprender cualquier acción que sea necesario para inhibir cualquier conducta de violencia de género en este estado", advirtió.