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SCJN determina los efectos de la declaratoria de invalidez de diversos artículos de la Ley de Educación para el estado de Tlaxcala

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, concluyó el análisis de la acción de inconstitucionalidad promovida en contra de los preceptos contenidos en el Capítulo VI denominado “De la Educación Indígena”, así como en el diverso VIII, denominado “De la Educación Inclusiva”, ambos de la Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala, los cuales fueron invalidados en la sesión de 25 de febrero de este año, por no haberse llevado a cabo las consultas exigidas constitucionalmente.

El Pleno determinó que la declaratoria de invalidez correspondiente:

1) Surtirá efectos a los 18 meses siguientes a la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso del Estado de Tlaxcala, plazo durante el cual, la legislación actual conservará su vigencia; lo anterior, ante las dificultades y riesgos que implicaría llevar a cabo las consultas por la pandemia de COVID-19, así como por las implicaciones que las elecciones próximas tendrán en el relevo de las autoridades locales.

2) No sólo implica la expulsión del orden jurídico de los preceptos impugnados, sino que también conlleva la obligación del Congreso local para que, en el plazo señalado, lleve a cabo las consultas respectivas y emita la legislación relativa a la educación indígena e inclusiva.