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Regulación de outsourcing debe respetar libertad sindical experta

México- La especialista en derecho laboral, Patricia Juan Pineda, destacó que la legislación que regule el outsourcing debe evitar que se trasladen trabajadores hacia otras figuras externas para evadir el ejercicio del derecho de la libertad sindical y de los trabajadores.

Consideró que los trabajadores que realicen las funciones esenciales de la empresa y las periféricas consideradas necesarias para el cumplimiento de objetivos, deben verse beneficiarias de la contratación colectiva.

“Si la intención es sacarlos de este ámbito, pues mejor protejámoslos de este lado para que se pueda vigilar y regularizar que la relación laboral sea legal”, apuntó.

La también asesora de diversos sindicatos como el de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), del sector salud y de gasolineros, que comentó es donde más se ve la tercerización, explicó que la Ley Federal del Trabajo (LFT) determina cuando hay simulaciones en la relación patronal y establece sanciones.

Y al hablar de tercerizaciones, como agencias de colocación, es evidente que lo que se hace es evadir las obligaciones y responsabilidades laborales, señaló la consultora de la Industria Global Junior.

Agregó que desde ese contexto es importante que dentro del debate que hay sobre la tercerización se empiece por plantear un lenguaje claro y cierto, porque hablar de un outsourcing bueno o malo es irresponsable, ya que los derechos de los trabajadores no pueden sujetarse a una valoración moral.

En su opinión, no hay un outsourcing ilegal, sino que hay patrones que actúan al margen de la ilegalidad, por lo que consideró que solo fortalecer la recaudación fiscal y de las cuotas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es solo un rostro del problema.

“Lo que se debe hacer es una efectiva aplicación de la norma y la inspección del trabajo que realmente funcione y que tenga facultades sancionadoras”, dijo

Al preguntarle sobre las empresas conocidas como CINgroup, que maneja el empresario poblano Raúl Beyruti, comentó que como esas hay muchas en todo el país que incumplen la ley, y que sin duda deben ser sancionadas.

“Esta empresa que comentas, pues como esa estamos viendo, a nivel nacional, un montón de empresas chiquitas y de todos tamaños, donde se están evadiendo las obligaciones patronales”, expuso.

Lo anterior lo utilizan las medianas y pequeñas empresas, principalmente, “para poder salir por la puertas de atrás”, pues su principal argumento es que les van a afectar la inversión, y sí porque para ellos representa un gran negocio.

Dijo que sí debe haber sanciones que inhiban la violación al derecho laboral y que reparen el daño que se les causa los trabajadores, “la ley debe de impactar en positivo a los trabajadores afectados por estas irregularidades”.

También la profesora de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Sonia Juárez Moreno, apuntó que algunos consideran el otusourcing como violación al Artículo 123 de la Constitución, y se debe a la manera en que se da la relación entre el patrón y el empleado, porque bajo el esquema terciario no tendría ninguna.

Sobre las empresas de Beyruti, opinó que se le debe aplicar todo el peso de la ley a empresas que cometen diversos delitos como evasión fiscal, violando derechos laborales y la simulación de inscribir con salarios más bajos a los trabajadores ante el IMSS, Infonavit y sus Afores, para que no queden impunes.

Destacó como positiva la propuesta del senador de Morena, Napoleón Gómez Urrutia, de crear el Registro Nacional de las Empresas de Subcontratación, a cargo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS); sin embargo, opinó que el empresario no va querer entrar directamente al negocio.

“Establecer relaciones de coordinación entre la STPS, el Servicio de Administración Tributaria y el IMSS, verías que desaparecerían las empresas de subcontratación, por el tipo de cómo se va a dar la contratación”, dijo.

Recordó que uno de sus principios es invertir la dinámica de la responsabilidad centrada en la obligación del contratista de demostrar que cumple la ley y no del contratante de verificar que el contratista cumpla la ley.

Finalmente, señaló que actualmente la contratación en forma dolosa, simulación y perjuicio de seguridad social, así como evasión fiscal están sancionadas con la aplicación de una multa de 500 a mil veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA), lo que significa que es sancionada más duramente que la empresa donde se da la fuente de trabajo, y sin embargo, incumplen.