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Invita IMSS Nuevo León a patrones a registrar en línea a Personas Trabajadoras del Hogar

Los trámites pueden realizarse de manera digital en el portal oficial del IMSS o en forma presencial en la Subdelegación que corresponda al patrón.

 

Estas personas y sus beneficiarios podrán tener acceso servicios médicos hospitalarios, farmacéuticos, atención obstétrica, incapacidades, entre otros beneficios.

 

Monterrey.- Con sencillos pasos, las personas trabajadoras del hogar pueden ser aseguradas de manera digital en el sitio oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y, con ello, ofrecerles el derecho de recibir atención médica y muchos otros servicios para ellas y sus beneficiarios.

 En el acceso directo al sitio http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar se podrá ingresar al minisitio de Personas Trabajadoras del Hogar y al trámite, donde se encontrarán cuatro pasos a seguir:

 El trámite lo debe realizar el patrón con el registro de los datos siguientes: CURP, correo electrónico, domicilio y datos de contacto.

Posteriormente, registra la información de la persona trabajadora del hogar: su Número de Seguridad Social (NSS), CURP, domicilio, salario diario y días laborados.

El sistema generará dos documentos: el comprobante de solicitud, de incorporación y la línea de captura para realizar el pago correspondiente.

Al finalizar el registro, el minisitio ofrece la opción de realizar el pago en línea a través de las instituciones bancarias que cuentan con este servicio o  en la ventanilla de cualquier banco autorizado por el IMSS.

El patrón tendrá hasta el día 20 de cada mes para realizar el pago de las cuotas obrero-patronales. En caso de que el 20 del mes calendario sea inhábil, la fecha límite de pago será el primer día hábil inmediato posterior.

 El aseguramiento de la Persona Trabajadora del Hogar iniciará durante el mes siguiente al del pago y por los días que labora con el patrón.

 Al aceptar el servicio de -renovación automática- podrán recibir en su correo electrónico la línea de captura para el pago, una vez concluido el periodo de aseguramiento, sin tener que realizar el trámite mes con mes.

 Para recibir los servicios médicos, las personas trabajadoras del hogar y sus beneficiarios deberán realizar el registro en la Clínica o Unidad de Medicina Familiar (UMF) que les corresponda.

 Si se prefiere, el registro de las personas trabajadoras del hogar se puede realizar de forma presencial en la Subdelegación del Seguro Social que corresponda al domicilio del patrón.

 El aseguramiento garantiza el acceso a la seguridad social a las Personas Trabajadoras del Hogar en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores.

 Tanto ellas como su cónyuge o concubina/o, hijos, padre o madre, en caso de que vivan y dependan económicamente de la persona trabajadora del hogar, tendrán acceso a los servicios médicos, hospitalarios y farmacéuticos.