27/Apr/2024
Editoriales

La justicia para los naturales del Nuevo Reino de León

Es lugar común ver a personajes diversos rasgándose las vestiduras en defensa de “nuestros ancestros” indígenas, y maldiciendo a los “españoles que abusaban de ellos”. 

No es la intención demostrar si tienen o nó razón los susodichos, pues eso sería entrar a un añoso debate; sólo se pretende reconocer a quienes impartían la justicia para los aborígenes de estas tierras. 

Estos dos documentos son prueba fehaciente de que había impartidores de justicia españoles que aplicaban la ley adecuadamente. Ellos no castigaban a los aborígenes sin juzgarlos previa y justamente. En el primero de ellos, sucedió que en 1627 un indio lastimó o mató con flechas  a un caballo de Diego de Montemayor, el nieto del fundador, sin embargo no hubo sanción por que el “indizuelo” era menor de edad:

“(1627) Contra un chichimeco llamado Pedro por haber flechado un caballo de Diego de Montemayor. La condena no procede, porque "no deve caer sentencia que perjudique la minoria del dicho Pedro” 

En este otro caso se juzga a varios indios alazapas, acusados de asesinar a dos hombres negros, a un pastorcillo, y de herir a otro español. Estos naturales respondían a apodos, o a nombres indígenas. Dos de ellos parecieran ser inconversos, pues tenían sus nombres originales: Texugane y Camago; en cambio, Jusephillo y Juanillo eran llamados así, posiblemene por ser diminutivos de nombres católicos. Más otros cuatro llamados: Coronel, Picietero, y Flechador, más un negro que estaba registrado por el nombre de su amo “el negro del Capitán Juan de Cassares”.

Luego de desahogadas las pruebas, se condenó a la horca a Texugane, Jusephillo, Coronel, y Picietero. Pero fueron absueltos por falta de pruebas: Camago, Flechador, Juanillo, el negro del capitán Juan de Cassares, y Juanillo.

“Causa contra los indios alazapas llamados "Texugane", "Jusephillo", "Coronel", "Picietero", " Camago", "Flechador", "Juanillo", de la Hacienda de Pedro de la Garza, a un negro del capitán Juan de Cassares, y al indio "Juanillo" de Jhoan Cabassos (sic) por muerte que infirieron al negro Manuel de Luis de Zuñiga, a un negro de Hernando de Mendiola, a un pastorcillo de Francisco Pérez de Escamilla, y que asimismo flecharon a Pedro de la Garza el mozo. La sentencia emitida por el gobernador Martín de Zavala establece la muerte por medio de la horca de los indios "Texugane", "Jusephillo", "Coronel", "Picietero", y el perdón a "Camago", "Flechador", "Juanillo", al negro del capitán Juan de Cassares, y al indio "Juanillo" de Jhoan Cabassos (sic) por no hallarse las suficientes pruebas que los inculpen.” 

Esto comprueba que la ley en el Nuevo Reino de León se aplicaba también a los indígenas. No era una impartición de justicia ilegal, sus castigos se apoyaban en Códigos primitivos, llamados Las Siete Partidas que, en sus tiempos se trataba de leyes modernas y justas. Vale en favor de la reivindicación de los actos de gobierno españoles; especialmente durante el gobierno de Don Martín de Zavala. 

Fuentes 

Colección causas criminales, volumen 1 expediente 5. Colección causa criminales, volumen 2 expediente 23.