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Propone Karina Barrón creación de Registro Público de Agresores Sexuales

Monterrey.- La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Karina Barrón Perales, presentó este martes una iniciativa de reforma para la creación de un “Registro Público de Agresores Sexuales” en Nuevo León.

Se trata de iniciativas de reforma a diversos artículos de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal del Estado, con la intención de crear el citado registro como un mecanismo de prevención y protección a mujeres, niñas y niños, y para inhibir la reincidencia en delitos sexuales que incluso puedan derivar en feminicidios.

Karina Barrón aseguró que Nuevo León continúa en los primeros lugares a nivel nacional en delitos cometidos contra las mujeres, como los feminicidios, las agresiones sexuales, y la violencia familiar, por lo que este registro podría convertirse en una herramienta fundamental para frenar estos delitos, como ya ocurre en otros países y entidades del país.

“Con la creación de este Registro Público de Agresores Sexuales lo que se busca es constituir un mecanismo de prevención y protección de las mujeres y niñas, niños y adolescentes frente a la delincuencia sexual, facilitar la investigación e identificación de los autores de los delitos sexuales e Inhibir la comisión o repetición de conductas violentas en contra de las mujeres, niñas, niños y adolescentes”, explicó Karina Barrón.

“Pongo un ejemplo: con la creación de este registro, que dependería de la Secretaría General de Gobierno, cuando una persona vaya a solicitar una licencia de chófer para conducir un taxi o un transporte público, se le podrá negar, si forma parte de éste registro, como una forma de evitar que vuelvan a incurrir en estos delitos y que haya más víctimas de agresiones sexuales”, explicó.

Al incluirse como una figura al Código Penal como parte de las medidas de seguridad, el juez de lo penal podrá ordenar el registro de la persona sentenciada por violencia sexual (Abuso sexual, Violación y Feminicidio).

En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se incluirán datos personales de las víctimas o datos que hagan posible su localización e identificación que lleguen a ocasionar una revictimización.