18/May/2024
Local

“Voto en contra de la criminalización del aborto”: Ivonne Bustos Paredes

 

La legisladora señaló que la decisión fue tomada con argumentos viserales y sin consultar a todos los grupos ciudadanos.

 

Monterrey.- Al expresar su voto en contra de la criminalización del aborto, la coordinadora del Partido Verde Ecologista en el Congreso del Estado, Ivonne Bustos Paredes lamentó que en la LXXV Legislatura no se haya analizado el tema con bases de jurisprudencia, y si con puntos de vista personales.

  Tras una larga discusión, en la que estuvieron presentes grupos de ciudadanos a favor y en contra de la reforma constitucional al artículo 1, que “protege la vida desde la fecundación hasta la muerte natural”, la representante del PVEM, una de las 10 en votar en contra de la reforma, tomó la palabra en tribuna para posicionar el sentido de su voto:

   “Estamos muy lejos de brindarle a Nuevo León una clase política a la altura de los retos que enfrenta nuestra Entidad, nuestro país. Las decisiones que impactan a más de la mitad de la población como lo son las mujeres deben dar voz a la población para su discusión, lo hacemos mesas de trabajo para tratar temas de interés social y para este que es decisivo para las mujeres, lo deciden unos cuantos con argumentos y posturas viscerales no con la estatura que requieren y con la visión de Estado que es para lo que fue concebido el Congreso del Estado”, afirmó la legisladora.

  Durante su intervención, Bustos Paredes citó dos resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las que se expresan directamente la inconstitucionalidad de forzar el sostener un embarazo no deseado.

  Citando al Ministro Góngora Pimentel, expresó: “El embarazo forzado implica una forma de esclavitud, porque impone a la mujer un periodo de gestación en contra de su voluntad, con implicaciones para el resto de su vida”.

  Coincidió además con la postura del Ministro Juan Silva Meza, relacionada a la incapacidad del Estado en cumplir su obligación constitucional de educar en materia sexual y reproductiva, por lo que no se puede imponer la continuación del embargo no deseado de modo legal.