Nacional

Quitan a SRE superfacultad sobre agentes de DEA, mantiene vigilancia

El pleno del Senado de la República aprobó cuatro reservas al dictamen de la Ley de Seguridad Nacional, con 72 votos en favor y 14 en contra, presentadas por el coordinador de la fracción de Morena, Ricardo Monreal. Se concentran en las responsabilidades que deben tener los agentes extranjeros, lo cual hace evidente que se reduce la influencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), pero le mantienen la facultad de pedir a estados, municipios y órganos autónomos le informen de reuniones con dichos elementos. Avalada en lo general y lo particular la iniciativa es turnada a la Cámara de Diputados.

La controversia. Desde el análisis en comisiones la iniciativa generó puntos de vista encontrados entre las fracciones de Morena y el PAN. En su momento la senadora blanquiazul Alejandra Reynoso acusó que se trata de una “ley espía” que buscaría centralizar la actividad diplomática en el Gobierno Federal; mientras que la morenista, Mónica Fernández, aseguró que se busca regular sus actividades como se hace en el resto de los países.

Así son las reservas.

En el artículo 68 se marca que solamente se puede compartir información operacional de investigaciones en curso con ciertas autoridades, como la Fiscalía General de la República (FGR). Por ello se ajustó que las embajadas y misiones extranjeras acreditadas en el país deberán informar a las autoridades correspondientes conforme a los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad.

En cuanto a la fracción IV del artículo 71 se definió que los agentes extranjeros deberán informar a las autoridades mexicanas que corresponda en términos de los respectivos convenios de cooperación internacional la información de que se alleguen en el ejercicio de sus funciones.

En el mismo sentido, por lo que hace a la fracción V del mismo artículo 71, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por los convenios referidos en el párrafo anterior, se considera conveniente adicionar que se deberán mantener la confidencialidad de la información que obtengan derivado de la aplicación de los convenios de cooperación bilateral, de conformidad con los términos establecidos en los mismos.

Finalmente el segundo párrafo del artículo 76 indica que la representación de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), tenga como nivel mínimo Jefe o Titular de Unidad, de conformidad con el alto nivel de responsabilidad que este tipo de servidores ostenta.