
Con el objeto informar a las parejas que pretendan contraer matrimonio los fines y efectos de los regímenes de sociedad conyugal y el de separación de bienes, los diputados aprobaron reformas al Código Civil y a la Ley del Registro Civil.
El dictamen 101062 – 10777/LXXIV, que contiene la iniciativa con proyecto de Decreto que reforma por modificación al artículo 178 del Código Civil para el Estado de Nuevo León y a la fracción XIII del artículo 17 de la Ley del Registro Civil para el Estado fue presentado ante el pleno por el diputado Héctor García.
"Garantizar que las personas que acudan a celebrar un contrato de matrimonio, reciban previamente información oral y por escrito sobre la naturaleza, fines y efectos del régimen de sociedad conyugal y separación de bienes, a fin de que señalen a cuál desean pertenecer en dicho contrato, además de proporcionarles información sobre la mediación o conciliación, como una forma efectiva de resolver sus conflictos en el matrimonio", indica el dictamen.
"Los Oficiales del Registro Civil en el Estado de Nuevo León deberán informar a las personas que acudan a celebrar un contrato de matrimonio por lo menos a los 15 días naturales a su celebración, la información descrita en el párrafo anterior, sin menoscabar la voluntad expresa de dichas personas para celebrar el contrato de matrimonio como a su derecho convenga".
"Las personas quienes fueron informadas sobre la naturaleza, fines y efectos de ambosregímenes matrimoniales, así como, el Oficial del Registro Civil quien les informó de ellos, firmarán de enterados en el Libro del Registro Civil correspondiente, para efectos de garantizar y demostrar que la información descrita en esta fracción fue debidamente concedida".
Los diputados Felipe H ernández, Rubén González, Samuel García, Sergio Arellano, Ludivina Rodríguez y Jorge Blanco se pronunciaron a favor del dictamen.