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La Suprema Corte invalida contribución por extracción de materiales en el estado de Michoacán

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la validez del proceso legislativo que dio lugar al Decreto número 315, por el que se expidió la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán de Ocampo para el Ejercicio Fiscal 2020, en tanto no se dieron violaciones con carácter invalidante. Específicamente, el Pleno reconoció validez a los artículos 1 y 27 de la Ley de Ingresos, al haber sido aprobados conforme a las reglas de votación aplicables.

 Asimismo, el Pleno invalidó los artículos 34 a 39 de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán, que preveían una contribución por la extracción de materiales denominada “impuesto ecológico”, en atención a que el Congreso local carecía de competencia para crear dicha contribución, o bien, considerando que su configuración violaba los principios de justicia tributaria.