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Sentencia sobre derecho de réplica limitaría la libertad de prensa: SIP

CIUDAD DE Mí‰XICO.- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó hoy su alerta por la posibilidad de que la Suprema Corte de Justicia en México apruebe una propuesta de sentencia que puede atraer una mayor debilidad al ejercicio de la libertad de expresión en nuestro paí­s.

Un proyecto de fallo presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, propone avalar un reclamo de inconstitucionalidad de partidos polí­ticos que suprimirí­a de la Ley de Derecho de Réplica la exigencia de la inexactitud o falsedad de la información para que un "agraviado" pueda pedir una rectificación al medio respectivo. De ser aprobada, se eliminarí­a del Art. 3 de la ley la frase sobre los requisitos de información inexacta o falsa para hacer valer el derecho de réplica, lo que permitirí­a a cualquier persona sentirse agraviada y demandar al medio o a sus autores, aun cuando la información sea verí­dica.

La SIP advirtió que este modelo de precepto legal, que permite emprender acciones contra medios y periodistas por hechos diversos, sean o no verdaderos, ha dado lugar a innumerables abusos en América Latina. En el caso de México supondrí­a una regresión clara en los estándares en materia de libertad de expresión y de prensa. La institución lamentó que en esta deliberación del alto tribunal no se hayan consultado juristas expertos, medios de comunicación, académicos u otros sectores interesados.

La propuesta de sentencia del ministro Pérez Dayán será votada el 7 de noviembre en el pleno de la Corte, integrada por 11 magistrados supremos.

El presidente de la SIP, Matt Sanders, expresó su preocupación debido a que una acción de esta naturaleza "complicarí­a aún más el ya deteriorado ambiente en el que los periodistas y medios mexicanos deben realizar su labor, de indudable impacto social".

Sanders, director senior y gerente general de Deseret Digital Media, de Salt Lake City, Utah, advirtió que una modificación legal de esta naturaleza, "podrí­a cobrar el carácter de censura previa mediante una ola de demandas que presentarí­an funcionarios y dirigentes polí­ticos que suelen sentirse agraviados por todo tipo de información, lo que desalentarí­a la labor de escrutinio público de la prensa sobre los personajes públicos; cuya consecuencia irí­a en detrimento del derecho del público a la información".

Roberto Rock, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, director de La Silla Rota, agregó que "el recurso aceptado por la Corte es más preocupante porque se origina por promoción de partidos polí­ticos, lo que permite asumir que se busca bloquear investigaciones o señalamientos periodí­sticos que resultan esenciales para que la ciudadaní­a conozca a los actores y candidatos y tome decisiones informadas, especialmente en épocas electorales".

Para estos casos, la SIP suele recordar su Carta de Aspiraciones, un documento que se desprende de la Declaración de Chapultepec, estableciendo principios orientadores de ética profesional. Respecto al derecho de réplica, indica que "la prensa debe difundir las opiniones que expresen discrepancias con los puntos de vista de un periodista o de una empresa editorial... siempre que se ajusten a los mismos criterios aplicados a otras noticias: interés público y exactitud".