El Congreso de Nuevo León aprobó reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo para homologar la fecha de inicio y de clausura del Segundo Periodo de Sesiones plasmada en la Constitución del Estado.
Las reforma por modificación al artículo 5, establece que la Legislatura tendrá cada año de ejercicio dos Períodos Ordinarios de Sesiones, el primero se abrirá el día 1 de septiembre y terminará el día 20 de diciembre; el segundo se iniciará el día 1 de febrero y terminará el día 1 de mayo. Ambos períodos pueden ser prorrogados hasta por treinta días, por acuerdo del Pleno.
El dictamen de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales que contiene la iniciativa del Diputado Marcelo Martínez Villarreal, señala que el 08 de Julio del año 2014, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el dictamen aprobado por la pasada legislatura, "en el que se modificó el artículo 55 de la Constitución del Estado con la finalidad de adelantar un mes el comienzo del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones y por consiguiente, su clausura, por lo cual ahora inicia el día 1 de febrero y termina el día 1 de mayo, sin embargo, el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León establece una fecha distinta a la señalada en la Constitución del Estado".
Por tal razón, expuso el Diputado Andrés Cantú Ramírez, al presentar el dictamen ante el pleno, "se estima que debe ser homologada la fecha de inicio y de clausura del Segundo Periodo de Sesiones plasmada en la Constitución a la Ley Orgánica del Poder Legislativo".
"Es importante que, nosotros como legisladores, no permitamos que existan discrepancias dentro de nuestra legislación estatal, lo cual puede traer consigo un caos jurídico.
A favor del dictamen aprobador por unanimidad del pleno, se pronunciaron los Diputados Ludivina Rodríguez de la Garza, Rubén González Cabrieles y José Luis Santos Martínez.