Héctor J. Morales Rivera*
Este domingo 19 de enero, en mi carácter de presidente de la Comisión Conmemorativa del Bicentenario Constitucional de Nuevo León, dedico estas líneas para evocar la figura del gran mexicano, nuevoleonés y regiomontano que fue, el licenciado Santiago Roel Melo, al cumplirse 68 años de su desaparición física.
Don Santiago fue un destacado abogado, escritor, historiador, periodista, polemista y político mexicano, no obstante en este espacio y en este día lo recordamos por la trascendencia de su quehacer social y político, particularmente por su participación como legislador local y federal en plena época de la Revolución Mexicana.
Desde su época estudiantil se inició en el ejercicio del periodismo y de la política, como se acredita en las páginas de Renacimiento y en su participación en la célebre manifestación antireyista del 2 de abril de 1903, que marcaría su ruta como defensor incansable de los derechos ciudadanos y siempre ajeno a cualquier tipo de ataduras mentales.
Fue regidor (1912) y síndico (1916) en el Ayuntamiento de Monterrey. En 1917, fue electo diputado por Monterrey ante el Congreso Constituyente que emitió la actual Constitución vigente en el Estado de Nuevo León, distinguiéndose por su activismo presentando iniciativas, como la del sufragio proporcional, trabajando en comisiones, participando en las discusiones, presidiendo el pleno y como parte fundamental de la comisión de estilo para la redacción final del texto de nuestra carta magna local aún vigente.
En la legislatura federal, de 1918 a 1920, tuvo también una importante presencia, activa y combativa.
En 1928 fue electo senador suplente y posteriormente aún como ciudadano presentó algunas iniciativas ante el Congreso.
Santiago Roel dejó una profunda huella en su paso por el Congreso Constituyente local y fue uno de los principales protagonistas del quehacer legislativo nuevoleonés
Don José P. Saldaña, cronista que fue de la ciudad de Monterrey y compañero en legislatura federal del Lic. Roel, relata un episodio que pone de relieve la calidad moral y cívica de nuestro personaje y su grado de conciencia política y apego democrático.
Dice el cronista, que en 1920 al triunfo del Plan de Agua Prieta quedaron desaparecidos los poderes en el estado y que siendo el general Antonio I. Villarreal, ministro de agricultura del gobierno provisional de Adolfo de la Huerta, fue comisionado por éste, para elaborar la terna que presentaría al senado para la designación del gobernador provisional. Menciona que, en forma natural, tanto Villarreal como él y otras personas que fueron consultadas, manifestaron su apoyo para que encabezara la terna el Licenciado Roel. Sin embargo, al comunicarle lo anterior el diputado e historiador, no sólo no aceptó ir en la propuesta, sino además explicó sus razones. Reunió a los integrantes de la diputación federal de Nuevo León y les señaló que no aceptaba porque desde su perspectiva ni el Senado, ni el presidente de la República tenían facultades para nombrar al gobernador provisional, ya que existían disposiciones complementarias entre la Constitución Federal y la Constitución local que deberían tomarse en cuenta.
Si bien es cierto que la Constitución Federal (Art. 76) otorgaba al senado la facultad de designar gobernadores provisionales en ausencia de los poderes locales, también decía y aún dice, que ejercerían esa facultad en caso de no existir previsiones en la Constitución del estado y era el caso, lo sabía bien Roel que había sido constituyente local, que la Constitución local había incluido en su artículo 144, previsiones para estos casos.
La Constitución nuevoleonesa establecía que en caso de desaparecer los poderes ejecutivo y legislativo, el poder judicial nombraría al gobernador provisional para convocar a nuevas elecciones, pero que si desaparecía los tres poderes, lo cual era el caso que se presentaba, la constitución preveía -y prevé- que el gobernador provisional sea el último presidente del Tribunal Superior de Justicia, si éste no existiera o estuviera inhabilitado, lo sería el último Secretario de Gobierno, o bien alguno de los últimos magistrados, o algunos de los ex Presidentes del Congreso en su orden.
Señalaba el licenciado Roel que Nuevo León era la única entidad donde se había previsto esta situación, por lo que las decisiones en esos casos tendrían que ser tomadas por las autoridades locales y ya sin intervención del centro.
A raíz de esa conversación se tomó el acuerdo de dirigir una comunicación al Senado llamando su atención al respecto.
Seguramente cuando se discutió y aprobó esta disposición en el congreso local se revisó el antecedente (a iniciativa del Roel, historiador) de la designación de Bernardo Reyes como gobernador provisional que fue una decisión exclusiva del poder central.
Desde luego la postura adoptada por el Diputado Roel fue de amplio reconocimiento de propios y extraños, ya que no sólo renunció a una posible distinción hacia su persona, sino además llamó la atención para que no se cometiera un atropello legal. Ese era Santiago Roel Melo.
Siendo presidente de la mesa directiva, durante la instalación del Congreso Constituyente de Nuevo León en 1917, concluyó su discurso con esta perla, que resume su pensamiento: "El pueblo que nos ha elevado a estas alturas estará pendiente de nuestras obras; y si son buenas, habremos correspondido a sus nobles esfuerzos y recibiremos sus felicitaciones entusiastas al trasladar el poder a mejores manos; si son malas habremos defraudado sus esperanzas, y su maldición y su desprecio nos perseguirán hasta el fin de nuestros días. No olvidemos que el pueblo puede perdonar a los que lo oprimen, pero jamás perdona a los que le engañan ".
¡Loor al diputado Santiago Roel!
*Héctor J. Morales Rivera, es Diputado local.
Preside la Comisión Especial del Bicentenario Constitucional de Nuevo León.