Al menos siete centrales han recibido resoluciones en contra a los juicios de amparo promovidos para evitar un alza de casi 800% en el cobro de las tarifas de porteo verde.
El otorgar esta suspensión también implicaría una desventaja frente a otras empresas que debe pagar esta tarifa “afectándose así, la libre concurrencia y competencia en el sector”, dijo el juez
Un grupo de centrales ha recibido negativas a suspensiones promovidas en contra del fuerte incremento en las tarifas que pagan centrales que se rigen bajo los permisos otorgados anteriores a la reforma energética, y que subieron casi 800% en el pago a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
El juzgado segundo de distrito especializado en materia de competencia económica ha negado cinco solicitudes de amparo en contra de centrales como Tampico Solar, Eólica del Golfo 1, Eólica de Guanajuato, Eólica de Río Grande y Desarrollo Pich, que pedían frenar estos incrementos en las tarifas que se pagan por transmitir y distribuir la electricidad a través de las redes de la CFE, en resoluciones publicadas el viernes pasado.
“Lo que nos negaron fue la tarifa de porteo (…). Lo que dicen es que necesitan más elementos para obtener la suspensión definitiva (…). Además, el juez dijo que tendríamos una ventaja sobre los otros proyectos que estuvieran en el mismo esquema legado”, dice una fuente involucrada en uno de estos amparos, que habló bajo condición de anonimato.
La CFE ha criticado este esquema debido a que considera que se ha abusado de éste, y ha que implica un costo para el sistema eléctrico en su conjunto, donde se cobraba una tarifa muy baja por los servicios de transporte y distribución.
Las compañías recibieron la negativa a suspender por el momento la aplicación de estas nuevas tarifas, pero sí se les concedió, respecto a la política de confiabilidad de la Sener, un instrumento sobre el que ya pesan otros frenos definitivos para su aplicación, lo que impide que el gobierno o alguna autoridad pueda aplicarlas hasta la resolución del juicio.
3 CIUDADANOS promovieron un amparo en contra del Plan Nacional de Desarrollo de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), ya que quieren que se cancele
El juicio de amparo, que desde 2013 permite tutelar derechos colectivos de los mexicanos, se ha convertido en la piedra en el zapato del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO). Su administración ha tenido que responder a miles de demandantes que impugnan -por ejemplo- la Ley de Remuneraciones, el Presupuesto o la cancelación de las estancias infantiles, entre otros temas que ya se dirimen en los tribunales.
Esta semana le tocó el turno al Plan Nacional de Desarrollo (PND), un documento de 63 páginas elaborado por el titular del Ejecutivo federal, y aprobado el 27 de junio en la Cámara de Diputados, que no reúne los requisitos que mandata la ley para este tipo de documentos.
Por ello tres ciudadanos decidieron promover una demanda de amparo indirecto al considerar que el PND “no es el instrumento a que se refiere la Ley de Planeación”, lo que violenta los artículos 16, y 26 apartado A, de la Constitución mexicana.
Dos versiones
El 3 de mayo pasado, en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara baja se publicaron dos documentos denominados Plan Nacional de Desarrollo, uno de 225 páginas y otro de 63.
La diferencia entre ambos, además de su extensión y contenido, es que el primero fue elaborado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mientras que el segundo fue escrito por el mismo López Obrador, según declaró el mandatario a principios de julio, tras la renuncia de Carlos Urzúa a la SHCP.
El Plan de Hacienda se redactó conforme a los parámetros que marca el artículo 26 de la Constitución y la Ley de Planeación, mientras que el del presidente es un documento político e ideológico, más parecido a los 100 puntos que expuso el día de su toma de posesión, que a un plan de carácter técnico del que dependen todas las políticas públicas que se aplican en el país.
Al final, a pesar de las innumerables críticas que expresaron legisladores de oposición, la Cámara de Diputados solo aprobó el texto del mandatario, eliminando -sin explicación alguna- el Plan técnico que había aparecido como “anexos” en la Gaceta Parlamentaria.
Jueza suspende inicio de obras del tramo 1 del Tren Maya
Una jueza del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del Estado de Chiapas concedió la suspensión definitiva que impide los trabajos de construcción del Tren Maya en el tramo 1, el cual va de Palenque a Escárcega.
La autoridad otorgó la suspensión de todo trabajo que no sea de mantenimiento en dicho tramo, el cual será construido por el consorcio formado por Mota-Engil México, China Communications Construction Company, Gavil Ingeniería, EYASA y Grupo COSH.
El amparo fue promovido por comunidades pertenecientes al pueblo Ch’ol, las cuales habitan en Palenque, Salto de Agua y Ocosingo.
El recurso impide, por tanto, el arranque de la construcción del proyecto ferroviario a cargo del Fondo Nacional del Fomento al Turismo (Fonatur) en el primero de los 7 tramos a construir.
“Se concede (…) la suspensión definitiva, contra los actos reclamados al presidente de los Estados Unidos Mexicanos y director general del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, ambos con sede en la Ciudad de México”, señala la síntesis de la lista de Acuerdos del 22 de junio.
Entre los argumentos que favorecieron la suspensión provisional se encuentra que el inicio de obras en esa zona del sureste del país podría dañar el derecho a la salud de los habitantes, esto derivado de la crisis sanitaria que ocasiona el COVID-19 en el país.
“Colisiona con el derecho a la salud de los quejosos (y también de la colectividad) ante el fenómeno de salud imperante en el país, reconocido a nivel nacional, estatal y municipal”, señaló la jueza.
El Fonatur, a cargo de Rogelio Jiménez Pons, señaló que emitirá su postura la tarde de este martes.
Apenas el pasado 4 de junio, el presidente Andrés Manuel López Obrador había dado el banderazo de inicio a las obras del tramo 1 del Tren Maya.
Al respecto, el Fonatur señaló que el amparo interpuesto contra el Tren Maya aún no está resuelto de forma definitiva y solo se refiere a las obras nuevas, pues los trabajos de mantenimiento y rehabilitación de la vía sí están permitidos.
"La suspensión reconoce que el proyecto Tren Maya puede rehabilitar y/o dar mantenimiento a las vías férreas que ya existen, lo que significa que Fonatur puede continuar con los trabajos al amparo de la ley", señaló el organismo en un comunicado.