A José María Parás y Ballesteros, primer gobernador electo del Estado de Nuevo León, le tocó vivir la etapa de cambios y construcción de nuestro Estado. Nació en San Mateo del Pilón (hoy Montemorelos) el 16 de abril de 1794, en el hogar formado por Vicente Antonio Parás Pereda y María Guadalupe Ballesteros. Desde joven se distinguió en sus estudios, siendo al mismo tiempo alumno y maestro en el Seminario de Monterrey, terminando su carrera de leyes en la ciudad de México.
Sirvió al Ejército español y al imperial de México, alcanzando el grado de capitán de infantería. Era alcalde del valle del Pilón, cuando llegó la Federación con sus abruptos cambios, y se sumó a ellos.
El Congreso Constituyente Federal (1823-1824) declaró el 8 de enero de 1824 como estados de la República a Guanajuato, México, Michoacán, Puebla de los Ángeles, Querétaro, San Luis Potosí y Veracruz, y los obligó a formar sus propios Congresos Constituyentes.(Ley para establecer las Legislaturas Constituyentes particulares, en las provincias que han sido declaradas Estados de la Federación Mexicana, y que no las tienen establecidas).
El nacimiento del Estado de Nuevo León
Este primer Congreso Constituyente promulgó, el 31 de enero de 1824, el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, agregándolenuevos estados, entre ellos el Estado Interno de Oriente, conformado por las exprovincias de Nuevo León, Coahuila y Texas. Días después, el Constituyente dictó la “Ley para establecer las Legislaturas constituyentes de los Estados Internos de Occidente, Interno del Norte e Interno de Oriente” que señalaba en su artículo 3o “…Para el interno de Oriente, nombrará Coahuila cinco, Nuevo León cinco, y uno Tejas; y en clase de suplentes, dos Nuevo León, uno Coahuila y otro Tejas”, hablando del número de diputados.
Apenas iba a organizarse el Estado Interno de Oriente, cuando el 7 de mayo de 1824 se expidió el decreto que: “Declara Estados de la federación a Nuevo León y a Coahuila con Tejas”, señalando que ambos estados (Nuevo León y Coahuila y Texas) debían formar sus constituyentes en los términos del citado decreto de 8 de enero. Y del número de diputados establecía: “que se compondrán (los constituyentes) por esta vez, al menos de once individuos, y á lo más de veinte y uno, en clase de propietarios: y en la de suplentes no serán menos de cuatro ni más de siete”.
Quiénes fueron los Diputados Constituyentes de 1824
Nuevo León se decidió por el mínimo -11 diputados propietarios y 4 suplentes-. Entre los primeros estaba José María Parás, y los demás propietarios: Dr. José Francisco Arroyo, Dr. José María Gutiérrez, Pedro Agustín Ballesteros, Cosme Aramberri, Juan Bautista Arizpe, Rafael de Llano, Juan José de la Garza, Antonio Crespo, José Manuel Pérez, y Pedro de la Garza Valdez. Los suplentes eran: José Andrés de Sobrevilla (que entró en funciones por Ballesteros), Pedro Antonio de Eznal (entró en funciones por Aramberri), José Andrés García de Evia y Francisco Corral.
Este Constituyente fue electo el 9 de junio de 1824, instalándose el 1° de agosto siguiente. Era el único órgano constituido en el Estado de Nuevo León, y de inmediato nombró al primer gobernador del estado, José Antonio Rodríguez, quien gobernaría mientras el Constituyente dictaba una constitución que determinara la forma del poder Ejecutivo y de su elección.
Igual estaban todos los 19 estados fundadores de la Federación. El primero que estrenó Carta Magna estatal fue Jalisco, el 18 de noviembre de 1824. Nuevo León fue el quinto, promulgándola el 5 de marzo de 1825, y los dos últimos: el Estado de México el 14 de febrero de 1827 y Coahuila y Texas, el 11 de marzo de 1827.
El congreso Constituyente de Nuevo León creó un marco jurídico y gubernamental distinto al monárquico que se extinguía. La diputación provincial, de muy corta existencia, se convirtió en un Congreso con facultades legislativas (que antes eran exclusivas del monarca y temporalmente de las Cortes de Cádiz), de tribunal de cuentas, de cámara electoral (para senadores y presidente de la república) y tribunal de responsabilidades. Entre los firmantes estuvo el diputado Parás.
José María Parás y Ballesteros, primer gobernador constitucional de Nuevo León
Promulgada la Constitución, se celebró la primera elección –indirecta- de autoridades republicanas. Para elegir al Gobernador, los electores (ciudadanos) votarían por electores municipales y estos elegirían al cabildo. Ya establecidos los Cabildos, estos votarían por candidatos a la gubernatura, teniendo cada municipio un voto por cada mil habitantes.
Hechas las elecciones, mediante decreto número 43, del 3 de junio de 1825, en sesión secreta, el Congreso nombró a Parás primer Gobernador Constitucional del Estado. Había empate entre Parás y José Antonio Rodríguez -el Gobernador provisional-, así que el Congreso decidió jugarlo “a las suertes”. Parás tomó posesión el 15 de junio, para un periodo que terminaría el 18 de febrero de 1827.Su mandato debía sustituir a las antiguas instituciones coloniales por otras, compatibles con la República.
Las principales funciones del Gobernador, bajo la constitución de 1825 eran: cumplir y hacer cumplir las leyes estatales y federales; abrir y cerrar sesiones del Congreso y rendir ante él un informe; llevar las comunicaciones entre el Estado, la Federación y otros estados; proteger la seguridad de las personas y sus bienes; nombrar al jefe de hacienda y al Secretario de Gobierno vigilando sus actuaciones; y ser el jefe nato de la milicia cívica (vecinos con algún entrenamiento militar que servían de ejército estatal)
El Consejo de Gobierno se integraba por el prelado eclesiástico, el jefe de hacienda, el Secretario de Gobierno, y el Alcalde primero de la capital. Contaba con un secretario y un vice Gobernador –Don Julián Arrese- para suplir las faltas del titular. El Gobernador podía consultar los negocios graves con este Consejo de Gobierno.
Durante su mandato se estableció una Casa de Beneficencia para la educación de los pobres y de quienes practicaban la vagancia o bien para que los jóvenes “mal entretenidos” aprendieran un oficio y se les consiguiera empleo. Fue un cambio radical, pues antes los vagos eran enviados a presidios o a combatir indios, y los que se fugaban, eran tratados como desertores, por lo que preferían engrosar las filas de la delincuencia asaltando en los caminos y brechas.
El primer periódico oficial del Estado
Parás formó las Juntas Patrióticas que recaudaban fondos para dotar de armamento a las milicias cívicas, promovían el patriotismo y la memoria de los primeros padres de nuestra patria. Estas juntas serían muy útiles para afrontar el intento de reconquista española con la expedición Barradas en 1829. Mandó traer una imprenta para el uso oficial, con la que se publicó el primer periódico en el Estado: La Gaceta Constitucional (precedente del Periódico Oficial).
La educación primaria obligatoria y gratuita
El gobierno de Parás logró que el Seminario de Monterrey impartiera educación superior para alumnos externos que no cursaban estudios eclesiásticos, funcionando casi como una universidad. Además, promovió la Ley de Instrucción Pública, que declaraba obligatoria y gratuita a la educación primaria, novedad a nivel continental. Establecía materias obligatorias en todas las escuelas que deberían formarse en cada Ayuntamiento, y además, este mismo órgano estaba obligado a forzar a los padres a enviar a sus hijos pequeños a asistir a la escuela.
En materia agrícola introdujo la siembra del algodón y el cálamo de lino; en la región de Cadereyta-Ximenes se repartieron semillas de estas plantas y se planificaron las siembras. En cuanto a la minería, autorizó 23 minas en Villaldama y Vallecillo.
Al término de su mandato, en el periodo 1827-1829, Parás fue electo vicegobernador del Estado con el gobernador Manuel Gómez de Castro, y desde la vice gubernatura se dedicó a la promoción de la agricultura. Tal vez su protagonismo incomodaba a Gómez de Castro y en 1828 lo nombró Inspector de la Milicia Cívica para combatír a los indios bárbaros.
Parás como Diputado Federal
De 1829 a 1830 fue diputado al Congreso General en la Legislatura que votó por la expulsión de los españoles, y que legalizó: la presidencia de Vicente Guerrero tras la renuncia de Manuel Gómez Pedraza (en lugar de llamar a nuevas elecciones), y la usurpación de Anastasio Bustamante. Entre 1836 y 1847 –las repúblicas centralistas-, Parás no participó en política. Hasta que se derogaron y en 1847 fue de nuevo alcalde de Montemorelos (antes Valle del Pilón) y desde allí apoyó a la defensa de Monterrey contra el invasor norteamericano, enviando auxilios y hombres al frente de guerra.
Parás, gobernador por segunda ocasión
En 1848 Parás fue nombrado gobernador por segunda ocasión, pero como la ciudad de Monterrey estaba ocupada por el ejército invasor no se presentó a tiempo. Debía gobernar desde febrero de 1848, sin embargo, llegó a la ciudad hasta después del 18 de junio, ya cuando el enemigo había desocupado la plaza de Monterrey.
El gobernador Parás se dedicó a reparar la ciudad luego de la ocupación, y a ordenar las finanzas, mientras el Congreso redactaba la segunda Constitución Nuevoleonesa que fue promulgada el 24 de octubre de 1849. Ya con la nueva Constitución, Parás fue reelecto gobernador para el periodo 1849 a 1851.
Enfermedad y muerte del gobernador José María Parás.
Desafortunadamente, llegó a Nuevo León el cólera morbus y había pocos recursos científicos para combatirla. Cientos de personas murieron en todo el estado; Parás intentó aislar a los enfermos sin más tratamiento que el uso de vinagre y el ajo para limpiar el ambiente en hospitales y casas de enfermos. Tan grave fue, que él mismo se contagió y el 14 de enero de 1850 pidió licencia, realmente por causas de salud. Entró a gobernar interinamente el vicegobernador Pedro José García, quien después hubo de hacerlo en definitiva, pues el l8 de febrero murió el gobernador José María Parás.
Se le sepultó en la Catedral de Monterrey, y en su honor se creó el municipio de Parás por el decreto 104 del 17 de febrero de 1851. En resumen, el gobernador Parás se distinguió por impulsar a la educación, a la agricultura y a la minería. Su primer gobierno fue estable, pacífico y próspero; sin embargo, el desorden político que le siguió, impidió que su semilla diera el fruto esperado. Y su segundo gobierno fue trunco por la enfermedad y muerte de Don José María Parás y Ballesteros.
Fuentes:
https://archivos.juridicas.unam.mx
Periódico oficial de Nuevo León, 1826 versión digital